Prioridad de padres y madres en vacaciones según Ley 21.645
En esta época del año, es probable que algunas personas ya estén pensando en qué hacer durante enero y febrero. ¿Sabías que existe una ley que que preferencia a padres y madres para alineen sus vacaciones de verano con las de sus hijos? Se trata de la Ley 21.645 de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, aprobada en enero de 2024, la cual es conocida principalmente por garantizar la opción de teletrabajo a quienes tengan personas a su cargo.
Además de este beneficio, la ley otorga a los padres y madres la posibilidad de priorizar sus vacaciones durante el mismo periodo que las de sus hijos.
Mediante una modificación al artículo 67 del Código del Trabajo, se estableció que "el feriado se concederá preferentemente durante el periodo de las vacaciones definidas por el Ministerio de Educación", conforme al calendario del año escolar respectivo.
Esta medida aplica a los trabajadores que tengan la custodia de niños menores de 14 años, o adolescentes menores de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, dándoles prioridad sobre otros empleados que no tengan estas responsabilidades. La ley también establece que durante las vacaciones definidas por el Mineduc, los trabajadores "tendrán derecho a que se modifiquen transitoriamente los turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal" siempre y cuando su trabajo lo permitay la empresa tenga horarios compatibles.
Según la abogada Evelyn Muñoz, líder del área legal de Auditeris.com, "para hacer efectiva esta solicitud, es necesario presentarla con al menos 30 días de anticipación."
"Junto con esta solicitud,
El empleador tiene un plazo 10 días responder. Si rechaza solicitud trabajador justificar razones necesita permiso.
De esta manera, esta ley obliga empresas ajustar políticas internas cumplir normativa incluye modificaciones contratos laborales reglamentos internos.
Fuente: T13 Nacional